Condiciones generales

 

CONDICIONES GENERALES DE VENTA

Art. 1 Aplicabilidad

1.1 Las relaciones legales entre OrangeParts.com B.V. (en adelante, el "Vendedor") y el Comprador están sujetas exclusivamente a las presentes Condiciones Generales de Venta, a las Condiciones Particulares de Venta y a las Condiciones Auxiliares propias de cada operación de venta.

1.2 Las Condiciones Especiales de Venta consisten en las Directrices sobre las Devoluciones de Productos, las Condiciones aplicables a los servicios específicos que el Vendedor pueda ofrecer, como formación, reparación, etc., a las modalidades de envío del Vendedor, etc. Las Condiciones Auxiliares propias de cada transacción de venta individual consisten en el presupuesto y/o la confirmación del pedido y/o la información de envío y/o cualquier otro contrato escrito entre el Vendedor y el Comprador.

1.3 Las Condiciones Generales de Venta, las Condiciones Particulares de Venta y las Condiciones Auxiliares son vinculantes a partir de la confirmación del pedido del Comprador por parte del Vendedor y se denominan colectivamente en lo sucesivo "Acuerdo".

1.4 En caso de contradicción entre las presentes Condiciones Generales de Venta y las Condiciones Particulares de Venta, tendrán prioridad las Condiciones Particulares de Venta. En caso de contradicción entre las Condiciones Especiales de Venta y las Condiciones Auxiliares, tendrán prioridad las Condiciones Auxiliares. 

1.5 El hecho de que el Vendedor no aplique o aplique parcialmente cualquier disposición del Acuerdo no se interpretará como una renuncia a cualquiera de sus derechos en virtud del Acuerdo, en el presente o en el futuro. 

1.6 El Vendedor comunica al Comprador sus Condiciones Generales y Especiales de Venta a través de un enlace a su página web dedicada.

1.7 El Comprador no puede apartarse unilateral o tácitamente del Acuerdo de ninguna manera (por ejemplo, por simple conducta). El Acuerdo excluye la aplicación de cualquiera de las condiciones generales o especiales del Comprador. En consecuencia, el Comprador reconoce que sus condiciones generales o especiales no se aplican al Acuerdo.  

1.8 El Vendedor se reserva el derecho de modificar los términos del Acuerdo en cualquier momento, mediante anuncio en su página web dedicada. Dicha modificación es vinculante tras la aceptación por parte del Comprador de la confirmación del pedido del Vendedor con fecha de quince (15) o más días naturales después de la fecha de modificación. 

1.9 El Acuerdo sustituye a todos los acuerdos, contratos, propuestas y compromisos escritos o verbales relacionados con el objeto descrito en el Acuerdo, suscritos en una fecha anterior.

 

Art. 2 Presupuestos y pedidos

2.1 Los presupuestos son gratuitos e indivisibles. Los precios cotizados son válidos durante treinta (30) días naturales, a reserva de la disponibilidad. Un presupuesto representa una mera propuesta del Vendedor y no obliga al Vendedor, ni siquiera tras la aceptación por parte del Comprador. Sólo la aceptación por escrito del Vendedor mediante la confirmación del pedido crea un Acuerdo. 

2.2 El Vendedor asume que la información, los dibujos y otros datos presentados por el Comprador son correctos y puede utilizarlos como base de su oferta. Si el propio Comprador realiza un pedido citando él mismo las referencias al Vendedor, el Vendedor asumirá que éstas se corresponden con el Producto efectivamente requerido. 

2.3 Aunque todas las ilustraciones, medidas, capacidades, pesos y otros detalles relativos a las máquinas y piezas, listas de precios, ofertas incluidas en el catálogo del Vendedor o en el sitio web del Vendedor o modelos de demostración se recopilan con el mayor cuidado posible, sólo constituyen una aproximación y son puramente informativos y, por lo tanto, se dan sin compromiso. 

 

Art. 3 Asunto

3.1 El objeto de cada transacción de venta individual se describe explícitamente en el Acuerdo y cubre la(s) pieza(s) de la carretilla elevadora, el equipo (de manipulación), la(s) herramienta(s), la(s) máquina(s) y/o el(los) servicio(s) descritos en el mismo. El objeto se denomina en lo sucesivo los "Productos". 

3.2 El Comprador es totalmente responsable de la elección de los Productos. Los Productos son artículos estándar que no han sido creados específicamente para las necesidades del Comprador, o artículos que el Vendedor, a petición del Comprador, ha adaptado para cumplir con las especificaciones descritas por el Comprador. El Vendedor queda exento de cualquier responsabilidad en caso de que se ponga de manifiesto que los Productos no responden a las necesidades específicas del Comprador, cuando los Productos sí responden a las especificaciones descritas por el Comprador. 

 

Art. 4 Precio

4.1 El precio de los Productos se determina en el Contrato (en adelante, el "Precio de Compra"). El Precio de Compra no incluye el IVA, los impuestos y gravámenes, ni los derechos de importación o exportación. 

El Precio de Compra no incluye los gastos de entrega o recogida de los Productos ni los costes de un posible montaje, instalación y puesta en marcha o, en su caso, puesta en

servicio (en lo sucesivo, los "Costes"). Los Costes corren a cargo del Comprador y se facturarán por separado, y no incluirán el IVA, los impuestos y los gravámenes, que deberán abonarse además de los Costes.

 

Art. 5 Pago

5.1 Salvo que se acuerde expresamente lo contrario por escrito en el Contrato, el Comprador deberá pagar el Precio de Compra y los Costes en un plazo de catorce (14) días a partir de la fecha de la factura del Vendedor, mediante una transferencia al número de cuenta mencionado en la factura, y mencionando los datos que figuran en la misma. No obstante, el Vendedor se reserva el derecho de solicitar un depósito o incluso el pago completo antes de la entrega. La presentación de una reclamación, de acuerdo con el Art. 9.2 o 9.3, no exime al Comprador de su obligación de pagar en el plazo establecido. A petición escrita del Comprador, durante un periodo máximo de treinta (30) días, el Vendedor facilitará al Comprador una copia de la carta de porte emitida en el momento de la entrega de los Productos al Comprador. El Comprador reconoce que si no ha solicitado la carta de porte dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la factura, el Vendedor no está obligado a proporcionar la carta de porte y los Productos se consideran entregados.

5.2 El precio de compra y los gastos sólo se pagan efectivamente a partir del momento en que el vendedor los recibe efectivamente. 

5.3 En caso de que el Comprador acepte por escrito el pago mediante cheque o letra de cambio, el libramiento de la letra o del cheque sólo será válido como pago el 2/4 (00410) v05 - Ene 2012 día en que el Vendedor reciba incondicionalmente el importe de la letra o del cheque.

5.4 El Comprador no tendrá derecho a suspender y/o retrasar el pago del precio de compra, ni a compensar su débito hacia el Vendedor, incluso en caso de reclamaciones relacionadas con esta compra y planteadas por cualquier motivo, incluso en un procedimiento judicial.

5.5 En el caso de que el Vendedor tenga conocimiento de cualquier circunstancia que pueda deteriorar sustancialmente la situación financiera del Comprador, y también cuando un Comprador no acepte su letra de cambio a tiempo, entonces todas las cantidades pendientes, incluyendo aquellas por las que el Comprador es responsable frente a empresas afiliadas al Vendedor, son inmediatamente exigibles, sin necesidad de notificarlo. En este caso, el Vendedor también tiene derecho, inmediatamente y sin plazo de preaviso, a su propia discreción, a suspender o incluso rescindir el Acuerdo mediante el envío de una notificación por escrito, en caso de que las condiciones financieras del Comprador hayan llegado a ser tales que pongan en peligro su rendimiento. En tal caso, el Comprador será responsable de cualquier tipo de compensación y estará sujeto al derecho de compensación del Vendedor. 

5.6 En caso de que el Comprador solicite en el momento de realizar el pedido que la facturación se transfiera a un tercero, el Comprador, a pesar de facturar a un tercero, sigue estando obligado principal e indivisiblemente al cumplimiento de todos los compromisos. 

 

Art. 6 Transferencia de la propiedad y del riesgo

6.1 Los Productos están a riesgo del Comprador desde el momento de la entrega.

6.2 La propiedad de los Productos permanece con el Vendedor hasta el momento del pago completo del Precio de Compra y los Costes, o hasta la entrega, lo que ocurra en último lugar. En consecuencia, la transmisión de la propiedad queda diferida hasta la entrega o el pago completo del Precio de Compra y los Costes, lo que ocurra en último lugar. 

6.3 En el curso ordinario de los negocios, el Comprador tiene derecho a revender los Productos cuya propiedad aún no ha pasado al Comprador.

 

Art. 7 Entrega

7.1 La entrega a un Comprador establecido en el Espacio Económico Europeo se realiza EXW OrangeParts.com B.V., Nijmegen (Incoterms 2010), y a un Comprador establecido fuera del Espacio Económico Europeo se realiza FCA OrangeParts.com B.V., Nijmegen , (Incoterms 2010), salvo que el Vendedor y el Comprador acuerden otra cosa por escrito en el Contrato. Cuando, en contra de lo anterior, se acuerde por escrito que los Productos se entregarán al Comprador o a una dirección especificada por el Comprador, esta entrega podrá producirse en ausencia del Comprador. En ese caso, con sujeción al Art. 5.1, la carta de porte es válida como prueba de la entrega. 

7.2 En caso de daños en el embalaje y/o de un número insuficiente de bultos, el Comprador lo hará constar en la carta de porte en el momento de la entrega de los Productos, cuando esté disponible. Deberá informar al Vendedor por escrito, mediante fax enviado dentro de las doce (12) horas siguientes a la entrega de los Productos. 

7.3 Los plazos de entrega son meramente indicativos y no son esenciales para el Comprador. El retraso en la entrega o la imposibilidad material de ejecutar el Contrato no puede ser motivo de indemnización a cargo del Vendedor, ni de rechazo por parte del Comprador a recibir los Productos. 

7.4 Un posible plazo de entrega expresamente acordado sólo comienza a partir del momento en que el Vendedor está en posesión de toda la información y los documentos necesarios para llevar a cabo la entrega. 

7.5 El Comprador no puede invocar el retraso en la entrega por parte del Vendedor para rescindir el Contrato. 

 

Art. 8 Derecho de retención

8.1 En caso de impago, total o parcial, por parte del Comprador, del Precio de Compra y/o de los Costes, el Vendedor tiene derecho de retención de todos los artículos y documentos que le fueron entregados por el Comprador hasta el pago completo del importe pendiente, más los intereses y gastos. 

 

Art. 9 Estado de los Productos y garantía del Vendedor

9.1 Los Productos de segunda mano son recibidos por el Comprador en su estado en el momento de la entrega. La recepción de los Productos de segunda mano por parte del Comprador en el momento de la entrega, establecida en el Incoterm en el Art. 7.1, implica la aceptación de los Productos. 

9.2 En caso de que el Comprador considere que los nuevos Productos no se ajustan al pedido o están visiblemente dañados, el Comprador deberá presentar una reclamación por escrito al Vendedor en un plazo de 48 horas a partir de la entrega de los Productos. En caso de que el Vendedor no haya recibido una reclamación por escrito del Comprador en el plazo mencionado, se presume que el Comprador ha aceptado los Productos. 

9.3 Los defectos ocultos deben ser comunicados al Vendedor por el Comprador en un plazo de ocho (8) días hábiles después de que hayan sido descubiertos por el Comprador o que normalmente deberían haber sido descubiertos, mediante carta certificada al Vendedor, y en cualquier caso en un plazo de tres (3) meses a partir de la fecha de entrega de los Productos. 

9.4 Por lo que respecta a los Productos fabricados a medida y a los Productos reacondicionados, el Vendedor sólo será responsable de los defectos ocultos que afecten a los componentes esenciales de los Productos y que obliguen al Comprador a realizar reparaciones radicales en la medida en que el Comprador nunca habría firmado el Contrato si hubiera conocido estos defectos ocultos. 

9.5 El Vendedor no tiene que indemnizar al Comprador cuando: 

 9.5.1 El Comprador o cualquier tercero ha realizado reparaciones o alteraciones en los Productos o ha intentado hacerlo; o 

 9.5.2 Los defectos son el resultado de un uso incorrecto o anormal, por ejemplo, el uso de los Productos para fines distintos de aquellos para los que son razonablemente adecuados, la sobrecarga, el uso inexperto de una manera que no se ajusta a las instrucciones de uso correcto, el montaje, el mantenimiento, la instalación o el uso que no es conforme a las normas técnicas o de seguridad válidas para el lugar donde se utilizan los Productos; o

 9.5.3 Se producen daños relacionados con el desgaste habitual, con fallos causados por inexperiencia y/o negligencia del Comprador, con sobrecargas, con intervenciones no autorizadas, con hechos fortuitos y con fuerza mayor. 

 9.5.4 Los defectos no se comunican a tiempo (es decir, dentro de los plazos mencionados en el art. 9.3 y 9.4) de forma detallada y por escrito al Vendedor de acuerdo con las Condiciones Particulares de Venta, en particular las Directrices sobre Devolución de Productos. 

9.6 Cuando los Productos presenten alguna falta de conformidad, daño visible o defecto oculto como los mencionados anteriormente, y, tras el examen por parte de los técnicos del Vendedor, los Productos resulten estar afectados por los defectos, la falta de conformidad o los daños visibles notificados por el Comprador, se acuerda explícitamente que el Vendedor, según su criterio experto y a su elección, podrá reparar los Productos o podrá reemplazar los Productos, o permitir una reducción del precio, o que el Contrato se resuelva con el reembolso del Precio de Compra y la devolución de los Productos. El Comprador no tiene derecho a pedir una compensación adicional.

9.7 La propiedad de los Productos que el Vendedor haya reembolsado o sustituido se transferirá automáticamente al Vendedor. Todos los costes de transporte, aduanas, montaje, desmontaje, gastos de viaje y alojamiento de los representantes del Vendedor corren a cargo del Comprador. 

9.8 Todas las garantías o condiciones implícitas quedan excluidas en la medida en que lo permita la ley.

 

Art. 10 Reclamaciones y devoluciones de productos

10.1 Todas las reclamaciones y devoluciones de productos se regirán y se interpretarán de acuerdo con las Directrices sobre devoluciones de productos, que se encuentran en la página web dedicada al Vendedor. 

 

Art. 11 Responsabilidad

11.1 Las siguientes disposiciones establecen toda la responsabilidad del Vendedor (incluida cualquier responsabilidad por los actos u omisiones de sus empleados, agentes, representantes y subcontratistas) ante el Comprador con respecto a cualquier incumplimiento del Acuerdo y cualquier representación, declaración o acto tortuoso u omisión, incluida la negligencia, que surja en virtud del Acuerdo o en relación con él. 

11.2 Sin perjuicio de los daños resultantes directamente del incumplimiento por parte del Vendedor de sus compromisos explícitos asumidos en virtud de este Contrato, la responsabilidad del Vendedor se limita a la responsabilidad obligatoria de acuerdo con la legislación aplicable. 

11.3 En caso de que el Vendedor sea responsable de acuerdo con el Art. 11.2, el Vendedor nunca podrá ser considerado responsable ante el Comprador por cualquier pérdida económica pura, pérdida de beneficios, pérdida de negocio, agotamiento del fondo de comercio o de otro tipo, en cada caso, ya sea directa, indirecta o consecuente, o cualquier reclamación de compensación consecuente (sea cual sea la causa) que surja de o en relación con el Acuerdo. 

11.4 En caso de que el Vendedor sea responsable según el Art. 11.2, el importe máximo de su responsabilidad se limita explícitamente, en cualquier caso, al importe del Precio de Compra. 

11.5 El Comprador, que es contactado por terceros como resultado de los daños causados por un defecto en los Productos que fueron entregados por el Comprador a terceros en cualquier forma, no tiene en ningún caso derecho a hacer una reclamación de reparación contra el Vendedor. 

 

Art. 12 Suspensión y disolución

12.1 En caso de impago o pago incompleto de la factura relativa a una transacción de venta individual en curso en la fecha de vencimiento establecida en el Art. 5.1, el Vendedor tiene derecho a negarse a realizar una nueva operación de venta individual o a suspender el cumplimiento de sus compromisos en el marco de cualquier operación de venta individual en curso con el Comprador. 

12.2 Sin perjuicio del Art. 12.1, el Vendedor tiene derecho a suspender el cumplimiento de sus compromisos cuando, después de la celebración del Contrato, el Vendedor tenga conocimiento de cualquier circunstancia que pueda provocar un deterioro sustancial de la situación financiera del Comprador. Si el Vendedor suspende el cumplimiento de sus compromisos en virtud del Acuerdo, deberá informar inmediatamente al Comprador de la suspensión. 4/4 (00410) v05 - Ene 2012 12.3 Cuando sea evidente para el Vendedor que el Comprador se hará culpable de una falta grave antes del cumplimiento de los compromisos del Vendedor en virtud del Acuerdo, el Vendedor tiene derecho a declarar la disolución del Acuerdo. 

 

Art. 13 Varios

13.1 En el caso de que una o varias disposiciones del Contrato sean declaradas nulas, ello no afectará en modo alguno a la validez de las demás disposiciones. Las partes se comprometen a hacer todo lo posible para sustituir dicha disposición anulada por una disposición válida que tenga el mismo o casi el mismo efecto económico que la disposición anulada, de mutuo acuerdo.  

13.2 Durante la duración de la relación comercial entre el Vendedor y el Comprador, el Vendedor o una de sus empresas afiliadas almacena la información comunicada por el Comprador (en adelante, los "Datos"), en su base de datos de relaciones con los clientes de acuerdo con la legislación de protección de datos aplicable. Si el Comprador desea consultar y corregir los Datos, deberá solicitarlo enviando una carta certificada al departamento de ventas del Vendedor. El Vendedor no comunicará los Datos a terceros que no estén afiliados al Vendedor. 

13.3 Para la aplicación del presente Acuerdo, se consideran días hábiles: De lunes a viernes, ambos inclusive, excepto cuando este día sea un día festivo oficial en el país del Vendedor.

 

Art. 14 Asignación

14.1 El Vendedor puede ceder el Contrato o cualquier parte del mismo a cualquier persona, empresa o compañía.

14.2 El Comprador no tendrá derecho a ceder el Acuerdo o cualquier parte del mismo sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. 

 

Art. 15 Derecho aplicable

15.1 Con respecto a lo que no está explícitamente previsto en las Condiciones Generales y Especiales de Venta y en las Condiciones Auxiliares, las partes se remiten a la ley del país en el que está establecido el Vendedor, que rige este Acuerdo. Se excluye explícitamente la aplicación de la Convención de Viena sobre la Venta Internacional de Bienes.

 

Art. 16 Tribunal competente

16.1 Todos los litigios relativos a la interpretación y ejecución del Contrato se someterán a la jurisdicción exclusiva de los Tribunales competentes más cercanos al domicilio social del Vendedor, con exclusión expresa de cualquier otro Tribunal competente.

16.2 El art. 16.1 operará en beneficio del Vendedor y, en consecuencia, el Vendedor tendrá derecho, a su propia discreción, a renunciar a la jurisdicción exclusiva establecida en el Art. 16.1 y, por tanto, a emprender acciones contra el Comprador en su domicilio y en cualquier otro tribunal o tribunales competentes.